La Secretaría de Energía de la Nación modificó el decreto reglamentario de la Ley N° 27.424 para favorecer el avance de más tecnologías renovables bajo el modelo de generación distribuida (tope de 500 kW y hasta 2 MW en casos particulares). A través de la Resolución SE 919/2023, el gobierno de Argentina publicó los requerimientos técnicos de la tecnología eólica de baja y media potencia.
Hecho que era trabajado desde septiembre del año pasado, tal como anticipó Energía Estratégica en su momento (ver nota). "Con esa resolución se brinda las herramientas y especificaciones de tecnología eólica en el ámbito de generación distribuida.
Es decir, para aprobar instalaciones de GD que sean de carácter eólico, se cuenta con un listado de ensayos, certificados a pedir, cálculos de estructuras y más", aseguró Nicolas Biurrún, coordinador de generación distribuida en la Secretaría de Energía de la Nación. "Sirve para allanar el camino en los lugares donde existe potencial eólico y donde el único impedimento la barrera es el desconocimiento de las empresas distribuidoras, instaladores o usuarios", agregó en conversación exclusiva Energía Estratégica. Entre los puntos más destacados, se detalla que los generadores eólicos deberán contar con las siguientes certificaciones en función del tamaño del equipo de generación:
- Aerogeneradores entre 50 kW y 2 MW, los equipos deberán contar con certificación de producto conforme a IEC RE 501.
- De 10 kW a 50 kW certificación de producto conforme a IEC 61400-22.
- Aerogeneradores de 1kW a 10 kW, se acepta que la máquina no esté certificada, pero sí que la misma posea un etiquetado de producto conforme a IEC 61400-2 anexo M, emitido por una entidad independiente del fabricante.
- Equipos de hasta 1 kW de potencia se acepta etiquetado de producto conforme a IEC61400- 2 anexo M y utilizar la metodología de diseño simplificada SLM
- Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE)
- Tope por solicitud: $20.000.000.
- Plazo: Hasta 60 meses.
- Período de gracia: Hasta 24 meses.
- Banco de Corrientes
- Tope por solicitud: $20.000.000.
- Plazo: Hasta 60 meses.
- Período de gracia: Hasta 6 meses.
- Banco de Córdoba
- Tope por solicitud: $50.000.000.
- Plazo: Hasta 48 meses.
- Período de gracia: Hasta 6 meses.
- Banco Provincia de Buenos Aires
- Tope por solicitud: $50.000.000.
- Plazo: Hasta 48 meses.
- Período de gracia: Hasta 6 meses.
- Banco de la Nación Argentina
- Tope por solicitud: $50.000.000.
- Plazo: Hasta 48 meses.
- Período de gracia: Hasta 6 meses.


