Con fecha del viernes pasado, pero publicada recientemente, el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40141, la cual plantea modificaciones a la estructura de la subasta a largo plazo de energías renovables celebrada en 2019.
Por un lado se deja abierta la puerta a que la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) no sea más la que lleve a cabo la convocatoria sino otro agente, como el operador del sistema XM.
La potestad de esta definición queda ahora en manos del Ministerio de Minas y Energía.
Por otra parte, se define que para este proceso, cuyo adjudicatarios celebrarán contratos de abastecimiento de energía (PPA, por sus siglas en inglés) en pesos colombianos y a 15 años, sólo podrán participar proyectos que "tengan una capacidad efectiva total mayor o igual a 5 MW, siempre y cuando se acojan, por la duración del contrato, al despacho centralizado".
La resolución fija que los emprendimientos participantes deberán contar con una fecha de entrada de operación comercial posterior a la de adjudicación de la subasta. ¿Cuándo será la fecha de adjudicación? Aún no se determinó, pero según las resoluciones a consulta publicadas por el Gobierno sería diciembre del 2022.
Este es uno de los aspectos que se dilucidará inminentemente.
Otro punto que queda en firme es que sólo podrán participar y ofertar en cualquier bloque horario intradiario los proyectos que no tengan obligaciones de energía en firme ya asignadas y que Sno hayan suscrito contratos de suministro producto de las subastas de contratación de largo plazo.
No obstante, los proyectos que tengan obligación de energía en firme asignada o que hayan suscrito contratos de suministro podrán participar presentando sus ofertas sólo en el bloque intradiario N°3 (de 17:00 horas a 00:00 horas).
Asimismo, la resolución indica una serie de requisitos técnicos para participar de la nueva subasta:
- Los emprendimientos deben estar inscritos en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica de la UPME, mínimo en la fase 2.
- Contar con el concepto de conexión a la red de transmisión nacional o transmisión regional aprobado por la UPME.
- Los emprendimientos deben tener una capacidad efectiva total mayor o igual a 5 MW.
Los proyectos con capacidad igual o superior a 5 MW e inferior a 20 MW deberán declarar que se acogen, por la duración del contrato, al despacho centralizado.
- Además, -cabe recordar- los proyectos deberán presentar una fecha de entrada en operación comercial la cual deberá ser posterior a la fecha de adjudicación de la subasta, también los hitos de construcción que incluyen la conexión del proyecto a la red de transmisión nacional o regional.
Pero, según pudo saber Energía Estratégica, esto se hará público próximamente.
De acuerdo con lo planificado por el Ministerio de Minas y Energía, la adjudicación de la subasta sería en octubre de este año.
