En México, continúa el debate sobre el "Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional.
Lejos de encontrarse consensos nuevos actores se suman a la discusión.
Durante durante la Reunión de Trabajo efectuada virtualmente el pasado 19 de mayo, la Comisión de Energía del Senado de la República realizó una serie de preguntas al Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) que no fueron respondidas debidamente la semana pasada.
Por eso, el organismo regulador pasó a emitir las respuestas que habían quedado pendientes de ser respondidas con argumentos que fundamentarían las decisiones tomadas en marco del "acuerdo de confiabilidad" y que hoy van en detrimento de asegurar una prioridad de despacho a las energías renovables, consideradas intermitentes.

Mediante un correo electrónico enviado esta semana al presidente de la Comisión de Energía, el Senador Santana Armando Guadiana Tijerina, se compartió la contestación a 43 cuestionamientos: Aquí la respuesta a las preguntas: Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, del Partido Acción Nacional:
- "En el invierno pasado, la demanda eléctrica cayó alrededor de 5% respecto al resto del año en promedio.
Según un informe que le dio la CRE a la AIRAE (Asociación Iberoamericana de Reguladores Energéticos) la demanda eléctrica cayó también 5% a razón del COVID-19.
Eso significa que el CENACE tiene capacidades desarrolladas para mantener la estabilidad del sistema en las condiciones similares a las del COVID-19 ¿Por qué entones ahora decidieron medidas extraordinarias que antes no? Dicho de otra forma, el 25 de diciembre y el primero de enero, los fines de semana, la Semana Santa, tienen variaciones de estas magnitudes, ¿Cómo se diferencia la disminución por COVID-19 con estos días en particular?
Por otra parte, durante el invierno 2018 y 2019 la situación de capacidad de unidades intermitentes conectadas al Sistema Interconectado Nacional (SIN) era muy diferente a la actual, ya que ahora se tienen 9,500,000 KW y se solicitan pruebas para una capacidad de 2,500,000 adicionales.
Adicionalmente las bajas de demanda que refiere en la pregunta son previstas por el Sistema Eléctrico Nacional, y éstas No, dado que no hay antecedentes ni se conocía su profundidad.
- "¿Cuál es el avance de las obras de refuerzo indicadas en el PRODESEN 2017 y 2018? Considerando que CFE Transmisión cobra por el servicio de transmisión una tarifa que incluye montos para inversión en la red. ¿Cuál es el procedimiento para determinar la infraestructura necesaria para un proyecto que iniciará interconexión? ¿No aportan infraestructura los privados?
No obstante, lo anterior, se tiene conocimiento de que CFE Transmisión cobra por el sistema de transmisión hasta que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) incorpora los nuevos costos cuando las nuevas obras ya están recibidas en el propio sistema de transmisión, y no antes.
Por lo que vale la pena precisar que, el Acuerdo del CENACE del pasado 29 de abril sobre la limitación de las pruebas no tiene que ver con la Red General de Transmisión.
- "¿Por qué han aplicado de salida de despacho totalmente inversa que lo que indica el Código de Red en su procedimiento de reducción de generación por confiabilidad? ¿Cómo se explica una reducción del 30% entre marzo y abril de la generación eólica, que representa casi 20% con respecto a abril de 2019 y abril de 2020?
Adicionalmente, como ya se informó en preguntas anteriores, el CENACE no hace pruebas operativas en periodos de baja demanda, como es el caso del invierno.
- "¿Por qué emitieron un acuerdo contrario al Código de Red? ¿Por qué no consultaron a la CRE?
El fundamento de la actuación del CENACE es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), y el concepto que se ocupa es el SEN, y no el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
Se remite a los artículos 25, 27 y 28 de la CPEUM, y 15, 16, 107 y 108 de la LIE.
- "Si la ley y el acuerdo de SSA fue una medida general, no discriminatoria ¿Por qué el CENACE tomó una medida discriminatoria?
La base de su emisión es garantizar una alta confiabilidad del suministro eléctrico.
- "¿Por qué no se han convocado a los Comités Consultivos de Análisis de Reglas del Mercado que dirige el CENACE? ¿Se les convocará para la aprobación a la modificación de manuales? ¿Se han modificado Disposiciones Operativas del Mercado sin pasar por los comités?
Cabe señalar que se tiene conocimiento de que los Comités Consultivos, operarán en su caso, cuando la SENER así lo determine, con base en la Política Energética que a esa Secretaría le compete.
El mismo caso aplica para las Disposiciones Operativas que refiere.
- "¿De cuánto ha sido la caída de la demanda? Real.
Porque por la gráfica que yo vi, es alrededor del 10% y la Secretaria dice que es el 30%.
- "Los considerandos uno a 10, del anexo técnico del acuerdo del pasado 29 de abril, enumeran un número de fallas en el sistema eléctrico, sin embargo, mezcla problemas relacionados a renovables, pero también a problemas relacionados a no renovables.
Preguntarle ¿Las plantas de CFE cumplen con el código de red? Es importante saberlo, porque algunas de las fallas que aquí se mencionaron, pueden ser por la falta de suministro de gas natural o por otras posibles fallas.
- "Ingeniero, usted ha estado al frente de grandes proyectos de generación eólica en el Istmo de Tehuantepec, al frente de los proyectos de Oaxaca 2, 3, y 4.
De acuerdo a la confiabilidad del sistema, todas las plantas tienen que cumplir con estudios.
El estudio indicativo, el estudio del impacto del sistema y el estudio de instalaciones, los cuales llevan varios meses antes que
el CENACE les otorgue la posibilidad de conectarse. ¿Usted está consciente de la confiabilidad que ustedes la otorgan?
El caso de las centrales eólicas Oaxaca 2, 3 y 4 se refieren a energía para la CFE, que contaba con reserva suficiente.
Por otra parte, en los estudios indicativo, de impacto e instalaciones, aunque se considera el tema de la confiabilidad de la red, no se incluye el análisis de despacho en condiciones de demandas mínimas, por lo que, al estar en condiciones extraordinarias no vistas anteriormente, y las medidas de seguridad adicional, no se consideran en ningún caso excesivas dada la importancia del SEN.- "Las centrales eléctricas que entran en operación, independientemente de sus características, han sido aprobadas para su interconexión por el CENACE a fin de afirmar la confiabilidad de sistemas.
Solo para saber ¿Estas plantas han sido confirmadas por el CENACE? ¿Cómo le hace Alemania con un 50% de energías renovables? y luego en materia de infraestructura, ¿cómo le hace Uruguay con un 90% de energías renovables?
- "¿Lo que estamos quemando en las termoeléctricas de CFE es combustóleo al 4% de contenido de azufre?
Los aspectos ambientales de las centrales eléctricas no recaen dentro de las atribuciones del CENACE, si bien cabe aclarar que las centrales que se encuentran en operación cuentan con un permiso expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
- "Me podría confirmar si han hecho requerimientos de reforzamiento a la red nacional de transmisión a las diversas solicitudes de interconexión de plantas de generación renovable y ¿a cuánto asciende el valor de los activos aportados por dichas plantas de generación con tecnología renovable mencionados en el numeral anterior?
Dichas obras se harán a cargo del solicitante, quien no está obligado a reportar el costo de estas, por lo que estamos imposibilitados de responder respecto al valor de los activos que menciona.
- "Me podría informar a qué criterios adicionales se va a sujetar la entrada de operación de las plantas de generación con tecnología renovable distintos a los estudios de instalación que actualmente ya se llevan a cabo.
- "Me podría confirmar si la variabilidad a la que está sujeta la generación renovable se puede abordar a través de diversos servicios conexos, tales como reservas de frecuencia o energía flexible y que dichos servicios conexos ya están previstos en el marco regulador del despacho eléctrico.
- "Me podría informar si el CENACE ha cumplido con su mandato de actualizar el volumen de servicios conexos requeridos para la óptima operación del sistema eléctrico nacional y que nuevos servicios conexos podrían adaptarse referidos a la política de confiabilidad emitida por el SENER.
- "Me podría confirmar si el documento denominado SHoja de ruta para la integración de la energía renovable a la red eléctrica para México.
Suplemento al informe del grupo de expertos de la agencia internacional", sobre prácticas recomendadas para estudios de integración eólica, terminado en agosto del 2015, contiene una serie de recomendaciones sobre la forma en que dicha generación será integrada al sistema eléctrico nacional a efecto de ofrecer un servicio eléctrico confiable, seguro, continuo y de calidad.
De cualquier manera, es difícil suponer que el alcance de éste contenga recomendaciones aplicables para una situación tan atípica, imprevista y de tal relevancia como la emergencia sanitaria actual.
- "Nos podría informar ¿cuáles de las recomendaciones establecidas en el documento mencionado en el numeral anterior han sido adoptados en la práctica cotidiana de la operación eléctrica cuáles no y las razones por las cuales no se han integrado?
- "El artículo 101 de la Ley de Industria Eléctrica establece el siguiente mandato para el CENACE, con base en criterios de seguridad de despacho y eficiencia económica, Sel CENACE determinará las asignaciones y despachos de las centrales eléctricas de la demanda controlable y de los programas de importación y exportación, dicha asignación y despacho se ejecutará independientemente de la propiedad o representación de las centrales eléctricas, la demanda controlable u ofertas de importación y exportación.
Este artículo se ha cumplido a cabalidad cada día de despacho, dado que el CENACE autoriza las interconexiones luego de realizar los estudios de instalación de referidos en el manual para interconexión de centrales.
Por lo tanto, ¿qué razones técnicas sustentan el cambio en el orden de despacho que se refiere el numeral de la política de confiabilidad emitido por la Secretaría de Energía?
- "Es preocupante que nuestro gobierno no esté haciendo nada en materia de energías limpias.
- "México iba a contribuir con 37% para el 2024, en materia de reducción de gases efecto invernadero.
- "El Acuerdo tendrá impacto en 44 proyectos y con millones de pesos en inversiones.
Asimismo, dicho Acuerdo solo involucra a las centrales que se encuentran en proceso de pruebas, aclarando que típicamente el CENACE no hace pruebas preoperativas en periodos de baja demanda.
Ejemplo: en invierno.
- "¿Por qué si en otros países están modificando sus marcos jurídicos en materia energética, para permitir esta transición ordenada, en México no hemos tocado nada de nuestra legislación y todo se está haciendo a través de decretos?
- "¿Por qué se han suspendido instrumentos de fomento a las energías renovables, como las subastas eléctricas, sin que sean sustituidos por algunas otras medidas de apoyo?
- "¿Este acuerdo garantiza verdaderamente que no se aumenten tarifas eléctricas a los usuarios finales?
La determinación de las tarifas eléctricas es responsabilidad de la CRE.
- "¿Este acuerdo va a afectar a la entrada en operación de las nuevas plantas que ganaron las subastas de energía?
- "¿Cuáles son los criterios que la CENACE determinará para la operación de centrales eólicas y fotovoltaicas?
- "¿De qué manera cumplirá México con estos compromisos que hemos hecho ante el mundo, en materia de energías limpias, si hay un propio decreto que nos está frenando para utilizar dichas energías?
No obstante, lo anterior, se aclara que el Acuerdo del CENACE no frena a las fuentes de energía renovable, ya que su aplicación es de carácter transitorio, y actualmente, esas de fuentes de energía se seguirán incorporando a la red eléctrica.
- "¿Qué medidas van a tomar para responder a esta inquietud e incertidumbre de inversionistas extranjeros y hacerles sentir y saber que México es una inversión segura y debe de quedarse en México?
- SEl Acuerdo es totalmente ilegal.
Deberán rendir cuenta por violar el Estado de Derecho.
Quiere que le confirmen este argumento y la temporalidad de la medida.
Es importante distinguir que la función del CENACE como operador del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), es diferente de la de Operador del Mercado Eléctrico, ya que la primera refiere a Operar en nombre del Estado Mexicano el SEN, que es un bien de la nación considerado Estratégico y Prioritario, que se encuentra fuera del comercio según lo señala la propia CPEUM, a diferencia de sus funciones de Operador del Mercado Eléctrico Mayorista en la que ejerce una función como un integrante más de la Industria Eléctrica, como lo establece el Reglamento de la LIE.
- "¿Qué viabilidad ven a otro tipo de proyectos?, quizá con otras reglas, porque siente que cuando se introdujeron estos proyectos no se tomaron en cuenta ciertos factores técnicos que le resultan muy costos a la CFE.
- "La justificación que hacen los funcionarios de CENACE puede tener fundamento técnico, pero carece de legalidad
- "¿Por qué violaron toda la legislación existente? esto daña la industria eléctrica, la calidad del aire y la competencia económica.
- "¿Por qué no se atuvieron al cumplimiento de la ley?
- "¿Cuánto tiempo van a mantener el Acuerdo?
- "Les preocupa el tema de la generación limpia en el sur y sureste.
- "Quiere saber si se permitirán nuevos proyectos y ¿qué sucederá con los proyectos actualmente autorizados?
No obstante, se informa que los proyectos que ya disponen del contrato de interconexión continuarán con su proceso, para integrarse al sistema entre 2020 y 2022.
Esto también está establecido en la "Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional" que publicó la SENER.
Preguntas del Senador Cruz Pérez Cuellar, del Movimiento Regeneración Nacional Morena:- "No se consideraron factores técnicos que le siguen costando a la CFE.
- "¿Se cancelan las renovables, si o no?
- "¿Cuánto es el tiempo en el que los privados no participarán en renovables?
Por lo que se aclara que la naturaleza del Acuerdo del CENACE es temporal, y que aplica a centrales eléctricas en pruebas preoperativas que no son Participantes del Mercado respecto de dichas centrales, y que la vigencia de este Acuerdo no puede durar más allá de lo señalado por el Consejo de Salubridad General.
- "¿Habrá más inversión?
- "Qué viabilidad le ven a otro tipo de proyectos, quizá con otras reglas, porque lo que quiero entender es que también al momento de introducir estas inversiones, no se consideraron una serie de factores y me gustaría que esto también me lo respondieran.
- "¿Si bajo estas nuevas reglas puede haber más inversiones de energías renovables en México?
- "Al Director de Operación y Planeación del Sistema, ¿qué criterios toma en cuenta el CENACE para saber qué generadora entra o sale?, porque tiene entendido que estas plantas le cuestan a la CFE.
En ciertas condiciones, por razones de Confiabilidad, el criterio de menor precio puede ser omitido.
De manera adicional se informa que, hoy en día se sigue despachando energía renovable, y que solo las centrales eléctricas que se encuentran en pruebas operativas son las que están suspendidas hasta que concluya la contingencia sanitaria. Por lo tanto, hasta que demuestren las centrales su capacidad para interconectarse, sobre todo con las limitaciones que se tienen en el SEN provocados por una baja demanda de energía eléctrica, no se pueden interconectar, pues como se ha explicado anteriormente el SEN se debe operar en balance, ya que aún no cuenta con la infraestructura necesaria para almacenar la energía eléctrica.
