Canadá puso fin a más de una década de derechos antidumping y compensatorios sobre determinados módulos y laminados solares procedentes de China, después de que el Tribunal Canadiense de Comercio Internacional (CITT) diera por terminada la revisión de vencimiento de la orden vigente desde 2021.
La decisión fue adoptada el 17 de septiembre de 2026 y supone la revocación de la orden que mantenía las medidas comerciales sobre esos productos. Como consecuencia, la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (CBSA) dejará de aplicar los derechos antidumping y compensatorios correspondientes.
Las restricciones se remontan a 2015, cuando Canadá determinó la existencia de dumping y subvenciones sobre ciertos módulos y laminados fotovoltaicos originarios o exportados desde China. En marzo de 2021, esas medidas habían sido prorrogadas mediante una nueva orden del Tribunal.
El proceso volvió a abrirse en febrero de este año, cuando el CITT inició una revisión para determinar si la expiración de las medidas podía provocar una reanudación o continuidad del dumping y de las subvenciones.

En julio, la CBSA concluyó que ambas prácticas probablemente continuarían o se reanudarían si la orden expiraba, citando entre otros factores el exceso de capacidad de la industria fotovoltaica china y su orientación exportadora.
Sin embargo, el Tribunal terminó posteriormente la revisión y revocó la orden.
De acuerdo con la documentación del proceso, la revisión dejó de contar con apoyo suficiente de los productores nacionales, lo que abrió paso al cierre anticipado del procedimiento y a la eliminación de las medidas.
La decisión alcanza a módulos y laminados fotovoltaicos de silicio cristalino, incluidos determinados laminados enviados o empaquetados junto con otros componentes, además de productos de película delgada basados en silicio amorfo, telururo de cadmio y CIGS.
No se trata, por lo tanto, de una eliminación general de cualquier barrera comercial sobre todo producto solar chino, sino de la revocación de la orden específica que regulaba esos bienes.
Un mercado más abierto para los fabricantes chinos
La eliminación de los derechos modifica las condiciones de acceso al mercado canadiense para los fabricantes afectados, que ahora podrán competir sin el recargo derivado de esas medidas antidumping y compensatorias.
El cambio llega además en un momento de fuerte sobreoferta global.
En su revisión de julio, la CBSA advirtió que la capacidad de fabricación fotovoltaica china continúa creciendo por encima de la demanda y que esa situación aumenta la presión para colocar producción en mercados internacionales.
Ese contexto puede traducirse en una mayor competencia de precios para desarrolladores, distribuidores e instaladores canadienses, al tiempo que incrementa la presión competitiva sobre proveedores locales.
La decisión marca así un cambio relevante en la política comercial aplicada al sector fotovoltaico canadiense.
Después de más de diez años de vigencia de medidas antidumping y compensatorias, Canadá vuelve a permitir el ingreso de los productos alcanzados por la orden sin esos derechos, en un mercado que al mismo tiempo continúa aumentando sus necesidades de nueva generación limpia.

