El Ministerio de Energía de Chile lanzó a consulta pública las modificaciones reglamentarias para la implementación de la Ley de Transición Energética (Ley N° 21721), correspondientes al reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación del transporte eléctrico (DS N°37) y al reglamento de calificación, valorización, tarificación y remuneración de los sistemas de transmisión (DS N°10). Uno de los puntos centrales se encuentra en la revisión del Valor de Inversión (VI) de las obras.
El Ministerio propone que no se consideren causales graves de revisión aquellos cambios basados únicamente en el paso del tiempo, corrigiendo una práctica que solía abrir incertidumbre en proyectos adjudicados.
Además, se exige que cualquier ajuste quede reflejado en el decreto correspondiente, asegurando coherencia en los mecanismos de indexación. En paralelo, se perfecciona el tratamiento de licitaciones desiertas.
Cuando un proyecto haya sido declarado desierto en más de dos ocasiones, podrá ser retirado del Plan de Expansión, lo que evita que el sistema siga cargando obras inviables.
También se introducen garantías adicionales, tanto para supervisar la correcta ejecución de proyectos como para asegurar que, en caso de quiebra contractual, el propietario pueda hacerse cargo de la construcción. Otro de los ejes se vincula a las Obras Necesarias y Urgentes (ONyU).
Actualmente, este tipo de proyectos enfrenta procesos largos que chocan con la premura de reforzar el sistema eléctrico.
La propuesta reduce requisitos técnicos y plazos de pronunciamiento, al tiempo que delimita mejor el rol del Coordinador Eléctrico Nacional.
En términos prácticos, se busca acelerar la habilitación de refuerzos donde la saturación de la red ya no admite demoras. Un capítulo particularmente sensible para la industria es la apertura a que los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) y las empresas generadoras puedan proponer obras de transmisión.
En el caso de los PMGD, podrán presentar iniciativas dentro del proceso de planificación, incluso en forma colectiva. "El Plan de Expansión que disponga la obra señalará la fecha en que esta será necesaria para el abastecimiento de la demanda.
Hasta dicha fecha, su pago anual será íntegramente soportado por los proponentes.
Luego, el pago lo realizará la demanda, de acuerdo con las reglas generales", detallaron desde el Ministerio de Energía. "En caso de retiro de algún proponente, se establecen reglas para realizar el pago completo de las instalaciones de transmisión, sin que impliquen pagos adicionales a la demanda.
Y solo aquellos proponentes que participen en el pago de la obra podrán acceder a menores restricciones de inyección, producto de la entrada en operación de la misma", agregaron. En cuanto a las generadoras, se refuerza el artículo 102 de la Ley General de Servicios Eléctricos, que les permite financiar obras de ampliación a su riesgo.
La gran novedad es que estas obras quedarán excluidas del Cargo anico de Transmisión por cinco periodos tarifarios, reduciendo su carga financiera, aunque bajo la condición de que solo se ejecuten proyectos autorizados como necesarios y urgentes. Por otro lado, uno de los cambios más relevantes apunta al acceso abierto a las redes.
El sistema actual, basado en el criterio de orden de llegada, será reemplazado por convocatorias públicas semestrales administradas por el Coordinador Eléctrico Nacional. Esto permitirá ordenar las solicitudes de conexión y otorgar mayor trazabilidad, con la obligación de publicar toda la información asociada: desde actas y observaciones hasta prórrogas de plazos. Asimismo, se reducen los tiempos para declarar proyectos en construcción, ya que deberán hacerlo en un rango de entre seis y doce meses, con la posibilidad de una única prórroga justificada; a fin de combatir prácticas como la ampliación artificial de las declaraciones de construcción, que suelen bloquear capacidad de transmisión sin certeza de ejecución. Planificación y calificación con visión renovable Las modificaciones también apuntan a una planificación más alineada con la transición energética.
La Comisión Nacional de Energía podrá realizar análisis costo-beneficio más sofisticados, incorporando variables ambientales, emisiones y la variabilidad propia de la generación renovable. "Se habilita a la Comisión a realizar evaluaciones de manera integrada con otros proyectos u obras indicativas, agrupándolos en un portafolio y considerando las sinergias técnicas, geográficas y operativas entre ellos, a fin de maximizar sus beneficios conjuntos", señalaron desde el gobierno. Mientras que en materia de tarificación se propone regular la base de activos de transmisión, obligando a las empresas a reportar información bajo criterios uniformes y con fecha de corte estricta.
Aunque cabe aclarar que sólo se valorizarán las instalaciones que estén en operación hasta el 31 de diciembre previo a cada proceso, lo que dará mayor certeza a transmisores y generadores. La consulta pública estará disponible hasta el 2 de octubre, con la opción de extenderse por una semana adicional si la autoridad así lo resuelve.
Desde el sector reconocen que este tipo de modificaciones no solo actualizan la normativa, sino que también pueden alterar el modo en que se desarrollan los proyectos, obligando a los actores a reconsiderar los riesgos asumidos.
