El diputado reclama al "Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; Secretaría de Energía; Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y demás organismos competentes en la materia, informen a esta H.
Cámara de Diputados respecto de las siguientes cuestiones vinculadas a las medidas concretas que hubiere adoptado tendientes a la promoción del consumo de biomasa, su uso eficiente como fuente de energía y otras cuestiones conexas.
Los puntos a los que hace referencia son:
- Especificar de qué manera se propicia el consumo o uso eficiente de la biomasa como fuente de energía, tanto para el sector doméstico rural como para atender las demandas de las industrias rurales y urbanas.
- Establecer cuál es el programa de desarrollo implementado por el gobierno destinado a la sustitución de combustibles, a efectos de reducir la contaminación ambiental.
- Referir las estrategias aplicadas con el objeto de generar el suministro sostenible de biomasa.
- Puntualizar los mecanismos financieros vigentes destinados al desarrollo de proyectos de aplicación de medidas de eficiencia energética y energías renovables y si se dispuso flexibilizar las condiciones de acceso al crédito por parte de usuarios portadores de proyectos de uso energético racional de biomasa en las industrias rurales y urbanas.
- Precisar cuáles son los programas vigentes de promoción de la generación y uso de energía eólica y solar, a tenor de lo normado por la ley 25.019.
- Determinar cómo el Estado promueve la investigación y el uso de las siguientes energías no convencionales o renovables:
- La producida hidráulicamente en tanto la usina tenga una capacidad instalada potencial igual o inferior a los 15 MW;
- Las energías geotérmicas;
- La energía solar;
- La energía eólica;
- La energía biomásica;
- La energía mareomotriz;
- Los gases de vertedero y de plantas de depuración; y
- Toda otra fuente energética que según criterios técnicos, científicos y ambientales quepan en el concepto de renovable.
"Esta misma ley estableció incentivos impositivos a toda actividad de generación eólica y solar destinada a la prestación de servicios públicos.

No obstante, nunca pudo ser una herramienta efectiva ya que durante el año 1999 estuvo retardada su reglamentación y durante todo el año 2000 se demoraron las resoluciones técnicas y burocráticas que la pondrían en vigencia.
Cuando comenzó a tener vigencia plena, en el 2001, en el país se profundizó una fuerte crisis y se decretó hasta hoy la ininterrumpida emergencia económica.
Desde entonces las condiciones para nuevas inversiones en materia de generación energética son adversas, concluyó.
