El pasado viernes 03 de octubre, el Poder Ejecutivo de México publicó los reglamentos de seis leyes secundarias que fortalecen el marco normativo del sector energético.
La publicación de los documentos normativos en el Diario Oficial de la Federación (DOF) regula las actividades en los sectores hidrocarburos, eléctrico, planeación y transición energética, biocombustibles, geotermia e ingresos sobre hidrocarburos y permitirá la implementación adecuada del nuevo modelo energético del país, sentando las bases para la construcción de un sector más sólido, sostenible y alineado con las necesidades del pueblo de México.
Este proceso concreta la transformación del sistema energético mexicano iniciado con las reformas constitucionales de 2024 en materia de áreas y empresas estratégicas y de simplificación orgánica, y continuado con la expedición de la legislación secundaria en marzo de 2025.
Los reglamentos dan orden al desarrollo del sector con la definición de trámites, permisos, mecanismos de participación, requisitos y plazos para las actividades reguladas.

El Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética armoniza los instrumentos del sector y asegura un desarrollo ordenado de corto, mediano y largo plazo. el Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico garantiza la prevalencia del Estado en la generación de energía, regula permisos y autorizaciones; el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos establece los requisitos y procedimientos para las actividades de exploración y extracción, las especificaciones para las Asignaciones para el Desarrollo Mixto y la trazabilidad en todas las cadenas de valor de los hidrocarburos.
El nuevo Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico abroga el Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica de 2014.
Refuerza el control estatal y promueve la justicia energética, destacando lo siguiente:
- Sustitución de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) por la Comisión Nacional de Energía (CNE) como autoridad reguladora.
- La Sener autoriza importaciones y exportaciones de energía.
- Introducción del principio de justicia energética, acceso equitativo, planes de gestión social y beneficios compartidos.
- Contratos de largo plazo e inversión mixta con participación estatal mínima del 54%.
- Tarifas definidas bajo criterios de justicia energética.
- Obligación de presentar MIS y Plan de Gestión Social, ambos vinculantes.
- Sanciones: multas proporcionales al impacto del incumplimiento, revocación de permisos con restricción de hasta cinco años para nuevos trámites, posibilidad de intervención y requisición de instalaciones por parte del Estado.
- Planeación vinculante del sector, fortalecimiento de la transición energética, justicia energética y soberanía.
- Inclusión de hidrocarburos, biocombustibles, geotermia y coordinación integral.
- Obligaciones: Registro UPAC (Usuarios de Patrón de Alto Consumo) con sistemas ISO 50001.
Entrega periódica de información geoespacial y energética.
Implementación obligatoria de medidas de eficiencia y descarbonización.
- Sanciones más robustas: procedimientos administrativos detallados y medidas preventivas.
Con estos instrumentos, el Gobierno de México consolida un marco regulatorio moderno que permite conducir la planeación vinculante y el desarrollo de la política energética nacional, con certidumbre jurídica y reglas claras para todos los actores participantes, tanto públicos como privados.

