El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó un proyecto de decreto que crea la Licencia Ambiental Eólica con Diseño Optimizado (LAEólica), un régimen diferencial que busca acelerar el desarrollo de proyectos eólicos de entre 10 y 100 MW en Colombia.
La iniciativa propone adicionar un capítulo al Decreto 1076 de 2015 para establecer un procedimiento simplificado de licenciamiento ambiental ante la ANLA, con plazos cortos y criterios claros de localización, diseño y gestión social, en línea con la meta de impulsar la Transición Energética Justa.
El documento responde a un diagnóstico conocido: los trámites actuales bajo el régimen general de licencias ambientales son largos y desproporcionados para proyectos de bajo impacto relativo.
Mientras la Ley 99 de 1993 fijaba 90 días como plazo, algunos trámites en corporaciones regionales han llegado a superar los 1.000 días.

En paralelo, Colombia mantiene un rezago en la instalación eólica frente a su potencial de clase mundial en La Guajira, donde se concentran factores de capacidad cercanos al 65%.
La memoria justificativa señala que la ANLA, con nuevas herramientas de modelación y seguimiento ambiental, cumple hoy con los términos legales en casi el 100% de sus procesos, lo que la habilita para asumir la evaluación de estas iniciativas.
La LAEólica introduce un esquema de tiempos definidos: la ANLA dispondrá de cinco días para verificar la documentación preliminar, quince para emitir Términos de Referencia específicos y otros quince para decidir sobre la viabilidad una vez el expediente esté completo.
Esto significa que un trámite que hoy puede durar años se reduciría a pocos meses.
Además, el decreto fija criterios de localización estrictos: los parques deberán ubicarse a más de 3 kilómetros de la línea de costa y de áreas protegidas del SINAP relevantes para aves y murciélagos, a más de 1.000 metros de los límites de áreas protegidas y a 500 metros de viviendas o centros poblados.
También se limita la intervención forestal a menos de 20 hectáreas y menos del 10% de un parche boscoso, siempre fuera de su núcleo.
En materia tecnológica, la normativa obligará a incorporar sistemas automatizados de detección de fauna con parada inteligente de turbinas, la modulación nocturna del cut-in speed para mitigar impactos sobre murciélagos, aspas con diseños para reducción de ruido y dispositivos disuasorios de fauna validados técnicamente.
Cada aerogenerador no podrá ocupar más de una hectárea incluyendo vías, plataformas y subestaciones.
Además, se establece un distanciamiento mínimo entre parques equivalente a diez veces la altura de los aerogeneradores. Introducción de la estrategia de gestión social Otro aspecto innovador es la gestión social.
Cada proyecto deberá implementar una Estrategia de Gestión Social con al menos dos espacios de diálogo temprano con comunidades antes de la etapa de construcción.
Esta será obligatoria y su cumplimiento quedará sujeto a seguimiento por la ANLA, aunque no sustituye la consulta previa cuando esta proceda.
El decreto habilita que las compensaciones del medio biótico puedan canalizarse a través de Comunidades Energéticas o proyectos productivos sostenibles en el territorio.
Un punto sensible es la relación con las reservas forestales de Ley 2ª de 1959.
El decreto exceptúa a proyectos que cumplan los criterios ambientales y tecnológicos de realizar el trámite de sustracción en las zonas tipo C, reconociéndolos como de bajo impacto y de beneficio social.
Llama la atención que el texto también menciona a proyectos solares en ese contexto, lo que podría ser una extensión transversal o un error de técnica legislativa que deberá aclararse en la versión definitiva.
La propuesta del Gobierno busca resolver un cuello de botella evidente en el desarrollo eólico colombiano: trámites largos y generalistas que han frenado la materialización de inversiones en un recurso estratégico.
Al establecer reglas ex ante sobre ubicación, tecnología y diálogo social, y al acortar drásticamente los plazos, la LAEólica promete más seguridad jurídica y ambiental para proyectos medianos.
El reto será garantizar que la simplificación no se traduzca en vacíos de control, sino en un licenciamiento más eficiente y territorialmente pertinente, capaz de destrabar la expansión renovable sin relajar la vara de protección ambiental.

