El Ministerio de Energía y Minas de Perú (MINEM) presentó los alcances del nuevo Reglamento de Contrataciones de Electricidad para el Suministro de los Usuarios Regulados, una reforma que contempla licitaciones de hasta 15 años, contratación por bloques horarios y mayor competencia entre tecnologías de generación, mientras el sector advierte sobre la necesidad de acelerar las convocatorias para garantizar el abastecimiento futuro.
La iniciativa, desarrollada en el marco de la Ley N.° 32249, llega en un escenario de vencimientos contractuales entre 2026 y 2030, crecimiento de la demanda y advertencias sobre la reducción de los márgenes de reserva eficiente. Además, abre un debate entre generadoras y distribuidoras respecto de las condiciones de contratación y el financiamiento de nuevos proyectos renovables.
El viceministro de Electricidad, Luis Enrique Santillán Cervantes, presentó la propuesta durante un evento desarrollado en el Colegio de Ingenieros del Perú, a través de su Capítulo de Ingeniería Eléctrica, donde destacó la importancia de actualizar las reglas para acompañar las inversiones y garantizar la continuidad del servicio.
"Presentamos uno de los pilares fundamentales para el desarrollo económico y social del Perú: la modernización de nuestro subsector eléctrico y el fortalecimiento de la normativa que permite garantizar un suministro de electricidad seguro, confiable, eficiente y a precios competitivos", manifestó el funcionario.

Cabe recordar que la iniciativa forma parte de la reforma introducida por la Ley N.° 32249, publicada el 19 de enero de 2025, que modifica la Ley N.° 28832 para asegurar el desarrollo eficiente de la generación y favorecer la diversificación de la matriz energética peruana. Los reglamentos de la misma son reclamados por el sector privado desde hace tiempo.
Sin embargo, uno de los principales desafíos es el tiempo necesario para incorporar nueva capacidad de generación. Las licitaciones de largo plazo requieren períodos de carencia de entre tres y seis años, por lo que los proyectos adjudicados no necesariamente estarán disponibles para atender los vencimientos contractuales más próximos.
En ese sentido, Roberto Tamayo Pereira, el nuevo director general de Electricidad del MINEM, advirtió: "No hay más tiempo como para poder de alguna manera esperar, sobre todo los resultados de las licitaciones de largo plazo, porque sabemos que estamos con problemas de agotamiento de márgenes de reserva eficiente y además porque hay una tasa de crecimiento alta de la demanda".
Los datos del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) reflejan esta presión. En febrero de 2026, la máxima demanda alcanzó 8.236,920 MW, frente a los 7.899,508 MW registrados en el mismo mes de 2025, lo que representa un incremento interanual del 4,27%.
Este crecimiento adquiere relevancia frente a los riesgos de una insuficiente incorporación de generación eficiente, que podría incrementar la utilización de tecnologías de respaldo con mayores costos operativos, como las centrales que funcionan con diésel.
De allí que el director general insista en la necesidad de avanzar con el marco regulatorio. "El reglamento es un mandato imperativo dentro del articulado de la Ley 32249 para que tenga una aprobación inmediata", sostiene Tamayo Pereira.
Durante la presentación, Santillán también remarca que el proceso forma parte de una estrategia más amplia de fortalecimiento del sistema eléctrico peruano.
"En esta gestión venimos trabajando en cuatro ejes: asegurar la capacidad de generación, reforzar la transmisión y distribución, impulsar los servicios complementarios y recursos flexibles, y mejorar la operación y calidad del sistema interconectado nacional", señala el viceministro.
Bajo este enfoque, la modernización de las licitaciones busca ampliar las alternativas de abastecimiento y establecer condiciones contractuales que acompañen el crecimiento del consumo sin comprometer la continuidad ni la eficiencia económica del suministro.
Contratos de hasta 15 años y nuevas condiciones para las energías renovables
Según informó Energía Estratégica el 7 de octubre, el proyecto reglamentario obtuvo una evaluación favorable de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, en el marco del procedimiento previo a su aprobación como decreto supremo. Y uno de los principales cambios introducidos por la propuesta reglamentaria es la posibilidad de contratar energía y potencia por separado, además de estructurar licitaciones por bloques horarios.
Esta modalidad busca permitir que distintas tecnologías compitan de acuerdo con sus perfiles de generación, en lugar de exigir que todos los proyectos ofrezcan productos eléctricos con idénticas características operativas.
En particular, las centrales solares fotovoltaicas podrían participar en bloques asociados con las horas de radiación, mientras que los sistemas de almacenamiento permitirían desplazar electricidad hacia períodos de mayor consumo.
El esquema contempla tres alternativas de contratación: exclusivamente potencia, únicamente energía y potencia con energía asociada. De esta manera, las distribuidoras contarían con instrumentos para diseñar su abastecimiento de acuerdo con las necesidades del mercado regulado.
Respecto de los plazos, las licitaciones de largo plazo permitirían celebrar contratos de entre 10 y 15 años, con períodos de carencia de tres a seis años y una cobertura máxima equivalente al 65% de la demanda de cada distribuidora.
Asimismo, se contemplan contrataciones de mediano plazo de cuatro a cinco años, con un límite del 40% de la demanda, y acuerdos de corto plazo de un mes a tres años, que podrían representar hasta el 35%.
Las empresas distribuidoras tendrán un papel central en la planificación del nuevo esquema, ya que deberán elaborar anualmente un Programa de Licitaciones con horizonte de diez años, identificando los volúmenes requeridos, los productos a contratar y las fechas previstas para cada convocatoria.
Por su parte, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) será responsable de aprobar las bases de los procesos y establecer los precios máximos aplicables a los distintos bloques.
Otro aspecto relevante es la incorporación de un incentivo de hasta el 3% destinado a promover convocatorias de largo plazo realizadas con suficiente anticipación, con el objetivo de reducir los riesgos asociados a contrataciones tardías.
La propuesta también establece mecanismos para afrontar licitaciones desiertas, incluidas nuevas convocatorias, reasignaciones de excedentes entre distribuidoras y contrataciones bilaterales excepcionales, sujetas a requisitos regulatorios.
Estas disposiciones adquieren importancia frente a los vencimientos previstos durante los próximos años y la necesidad de evitar que parte de la demanda quede sin cobertura contractual.
De acuerdo con los antecedentes sectoriales aportados, el país cuenta además con 109 centrales de generación de propiedad de empresas distribuidoras, cuya contribución al abastecimiento constituye otro componente que debe considerarse al dimensionar los requerimientos de las futuras subastas.
La reforma, no obstante, no garantiza automáticamente la adjudicación de nuevos proyectos renovables, ya que las condiciones de participación de centrales existentes y futuras instalaciones constituyen uno de los puntos centrales del debate empresarial.
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En este sentido, Francisco Ísmodes, representante de la Sociedad Peruana de Energías Renovables (SPR), cuestiona la ausencia de un tratamiento específico para las nuevas centrales.
"¿Por qué no aprovechar este reglamento para permitir una participación en los contratos de largo plazo exclusivamente a nuevas plantas?... Si no hay esos contratos de largo plazo, ¿cómo las nuevas plantas se van a materializar si no tienen PPAs ni financiamiento bancario?", planteó el referente del sector.
Las empresas energéticas reclaman ajustes antes de las próximas licitaciones
El avance reglamentario también coincide con un proceso de participación de empresas generadoras, distribuidoras y desarrolladoras que buscan introducir modificaciones en las condiciones de contratación.
Entre los planteamientos se encuentran contratos de hasta 20 años, mayor flexibilidad para comercializar energía renovable por bloques horarios, modificaciones en los mecanismos de adjudicación y requisitos específicos para nuevos proyectos de generación.
Las posiciones empresariales, sin embargo, no son homogéneas. Mientras determinados desarrolladores consideran necesario establecer condiciones contractuales que faciliten el financiamiento de nuevas centrales, otros agentes priorizan la competencia entre instalaciones existentes y futuros proyectos. También aparecen diferencias respecto de los precios máximos, las garantías exigidas a los participantes, la contratación bilateral y las atribuciones del organismo regulador.
Desde la Dirección General de Electricidad, la posición expuesta por las autoridades es que la Ley N.° 32249 no establece una diferenciación que permita reservar las subastas exclusivamente a nuevas centrales, por lo que la prioridad regulatoria debe mantenerse en la obtención de precios competitivos para el usuario regulado.
El desafío consiste, por tanto, en compatibilizar menores costos de contratación con condiciones que permitan financiar nueva capacidad de generación y garantizar la cobertura de la demanda futura.
Distribuidoras alertan por riesgos financieros y posibles subastas desiertas
Las preocupaciones no se limitan a las empresas generadoras. Las distribuidoras también advierten que la contratación por bloques horarios podría generar dificultades para cubrir determinados períodos, especialmente aquellos asociados con la demanda punta.
Una de las principales observaciones se relaciona con la posibilidad de que las ofertas presentadas para determinados bloques superen los precios máximos establecidos por Osinergmin, dejando parte del suministro requerido sin adjudicación.
Luis Miguel Quiroz, representante de Luz del Sur, expone esta preocupación y advierte sobre las consecuencias comerciales que enfrentan las empresas responsables del abastecimiento.
"Creemos que lo más probable es que exista un bloque que será la hora punta que va a ser difícil de cubrir porque la oferta es menor y los precios van a ser altos... Quedar expuestos con riesgos tan altos es fatal para las distribuidoras, porque estamos expuestas inclusive a que se nos quite la concesión", señaló.
La situación podría obligar a las compañías a cubrir necesidades de energía mediante operaciones en el mercado de corto plazo o afrontar obligaciones derivadas de suministros sin respaldo contractual suficiente.
En ese escenario, las distribuidoras reclaman mayores precisiones sobre la asignación de riesgos, los mecanismos de adjudicación parcial y las alternativas disponibles cuando las licitaciones no reciben ofertas para la totalidad de los bloques.
Desde Hidrandina, empresa del Grupo Distriluz, Magali Salazar advierte que esta problemática ya tiene consecuencias sobre los balances de algunas compañías.
"Actualmente tenemos una porción de demanda importante sin respaldo contractual... Venimos asumiendo montos importantes derivados de los 'retiros no declarados' que van directamente aplicados a golpear los estados financieros de las empresas", manifestó.
Las autoridades, por su parte, sostienen que determinados riesgos operativos, incluida la presentación de ofertas vinculadas entre bloques, podrán abordarse mediante las bases y los procedimientos que apruebe Osinergmin.
De acuerdo con la información presentada sobre el proceso de elaboración normativa, el MINEM evaluó y absolvió 562 comentarios formulados por 35 empresas y gremios durante 45 días de consulta técnica, en los que se discutieron aspectos comerciales, operativos y regulatorios.
El debate se produce además en un contexto de expansión de la cartera renovable peruana. Según antecedentes recogidos por Energía Estratégica, el país disponía en 2025 de 2,7 GW de proyectos solares y eólicos con concesión definitiva, además de una cartera superior a 25 GW en distintas etapas de desarrollo.
Estas cifras reflejan el volumen de iniciativas que podrían buscar oportunidades de contratación en el nuevo esquema, aunque su concreción dependerá de los permisos, el acceso a infraestructura de transmisión, las condiciones comerciales y el financiamiento disponible.
En paralelo, la necesidad de ampliar la infraestructura eléctrica está vinculada con las perspectivas de crecimiento económico del país. Durante las discusiones sectoriales se planteó que una expansión del producto interno bruto del 3% anual permitiría cerrar apenas el 75% de las brechas socioeconómicas hacia 2050, mientras que un crecimiento del 5% postergaría su cierre hasta 2068. Desde el Colegio de Ingenieros del Perú se señaló como referencia deseable una expansión económica del 7% al 8% anual.
"El Perú va a crecer mucho... Con las instalaciones existentes no vamos a llegar ni al 50% [para responder a la demanda al 2030]. Esa preocupación debe alejarse y estar preparados", afirmó Tamayo Pereyra.
Finalmente, Santillán remarca que la actualización del marco normativo debe contemplar tanto las necesidades actuales del sistema como los cambios tecnológicos que enfrentará la industria durante los próximos años.
"La normativa eléctrica no es estática y, por el contrario, debe responder a las necesidades de la población, acompañar la inversión, promover la innovación y anticiparse a los desafíos tecnológicos y ambientales", expresó el viceministro.
Así, la presentación del nuevo Reglamento de Contrataciones de Electricidad marca un avance en la reforma del mercado regulado peruano, aunque persisten definiciones sobre las condiciones de competencia, los riesgos comerciales y los mecanismos para incorporar nueva generación.
Con vencimientos contractuales concentrados entre 2026 y 2030 y una demanda eléctrica en expansión, los plazos de aprobación e implementación del reglamento y las futuras convocatorias resultarán determinantes para conocer qué proyectos podrán acceder a contratos de largo plazo y en qué condiciones se garantizará el suministro de los usuarios regulados.










